lunes, 21 de abril de 2008

SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS


DERECHOS HUMANOS

Se entiende que los derechos humanos en nuestro pais estan en un contexto de estado social de derecho , par esto el estado colombiano tiene la obligación para con los ciudadanos, pereo com es de saberse en este estado donde encontramos un gran margen de deficincia a la hora de cuidar estos en la población menos favorecida es de destacar que una de las áreas menos desarrolladas y consolidadas del sistema internacional de protección a los derechos humanos es el que se refiere a los derechos culturales.
Los textos clásicos hacen solamente referencias someras a esta temática y su conceptualización es vaga y a veces ambigüa. En el nivel nacional no es menos problemática la situación ya que en nuestra legislación los derechos culturales prácticamente no figuran; lo mismo sucede en otros paises; sin embargo, puede afirmarse que el tema es de la mayor actualidad ya que numerosos conflictos sociales contemporáneos han surgido en torno a cuestiones culturales e incluso hay negociaciones políticas importantes sobre la materia. Recuérdese el acuerdo de paz en Guatemala de 1996 sobre derechos y cultura indígena y para no ir más lejos, los Acuerdos de San Andrés en el mismo año y sobre el mismo tema, que desembocaron, después de un controvertido proceso que aún no concluye, en la reciente reforma del artículo 2 constitucional.
Hoy en día los conflictos internos rebasan a los tradicionales conflictos interestatales como fuente de violaciones masivas a los derechos humanos y estos tienen lugar frecuentemente entre actores sociales y políticos definidos en términos étnicos y culturales. No podrá haber una cultura de paz en el mundo sin el respeto a los derechos culturales de los individuos y de los grupos.
Las diversas y ricas experiencias en el campo de la educación en derechos humanos han comenzado desde hace algunos años a reflejar esta creciente preocupación, particularmente en lo que se refiere a los derechos de las minorías nacionales, étnicas, lingüísticas y religiosas y a los pueblos indígenas..
El informe que preparó la Comisión Mundial sobre Cultura y Desarrollo de la UNESCO bajo el título Nuestra Diversidad Creativa (1995) hace hincapié en la importancia de la cultura en el mundo actual. Afirma que la “cultura es la última frontera del desarrollo” y hace un llamado por una ética global. Los autores del informe reconocen que la cultura es la fuente de nuestro progreso y creatividad y que la libertad cultural, a diferencia de las libertades individuales, se refiere al derecho que tienen los grupos humanos de seguir el modo de vida que más desean. En otras palabras, al informe considera los derechos culturales como derechos humanos.
Esta afirmación es importante, porque durante mucho tiempo la cultura, y sobre todo la política cultural, estaban alejadas del lenguaje de los derechos humanos y se vinculaban, en el mejor de los casos con algún aspecto de política social o de plano como estando fuera del ámbito de los bienes públicos.
Podemos derivar el concepto actual de los derechos culturales de su primera formulación en la Declaración Universal de Derechos Humanos adoptada por la Asamblea General de la ONU en 1948, que en su artículo 27 dice que:
“1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten”.
Agrega también que
“2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que se autora.”
Aquí se habla de libertades individuales y de derechos de autor pero el concepto de cultura no está claramente definido. Habían de pasar casi dos décadas para que en el ámbito internacional se volviera a tratar el tema.
En 1966 la Asamblea General adopta el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ambos ratificados por México solamente en 1981. El primer artículo de ambos pactos, idéntico, nos dice que “todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación”, en virtud del cual pueden proveer a su desarrollo económico, social y cultural. Aparte de este principio fundamental, ambos pactos agregan algunos elementos adicionales.
El DESC establece en su artículo 15 el derecho de toda persona a participar en la vida cultural y a gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones. Reafirma el derecho de autor e instruye a los Estados Partes a adoptar medidas necesarias para la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia y de la cultura. Además compromete a los Estados a respetar la indispensable libertad para la investigación científica y para la actividad creadora.
Por su parte, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos reafirma en el Artículo 19 el derecho a la libertad de expresión, de información y de opinión. En el artículo 20 se indica que toda “apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia será prohibida por la ley.” Cabe mencionar que en México aún no hemos legislado la discriminación como un delito.
Recordemos sin embargo que en 1948 la ONU adoptó la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, definiendo este como cualquier acto perpetrado con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal. Como estos actos incluyen no solamente la matanza de miembros del grupo (como sucedió en los años noventa en la ex-Yugoslavia), sino también la “lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo, así como el sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial”, algunos observadores consideran que la Convención se aplica también a casos de etnocidio o “genocidio cultural” como los que se presentan con frecuencia entre pueblos indígenas o minorías diversas. Se discute aún entre especialistas la interpretación que puede darse al concepto de “intencionalidad” de estos actos, pero no hay duda que al proscribirlos se afirma, por otra parte, el derecho de estos grupos (pueblos, naciones, etnias, tribus, comunidades etc.) a subsistir como tales. En otras palabras, la Convención vincula el derecho humano a la vida con el derecho cultural del grupo a su subsistencia como tal.

1 comentario:

Nicolas Robledo G dijo...

¿Derechos humanos? Constantemente desde los gobiernos de todo el mundo hasta nosotros mismos, los enmarcamos como algo fundamental de nuestras vidas, pero de la misma manera los pisoteamos en un alto porcentaje, en cada una de nuestras acciones.
Los derechos humanos deben empezar por nosotros hacia las demás personas, alejándonos de la maligna creencia que nos lleva a ser el centro de todo y tomamos a las demás personas como elementos secundarios de nuestra vida. Es importante aprender a valorarlas, a brindarles los derechos que merecen, a ser tolerantes, justos, a tomar conciencia que los derechos se fundamentan en el respeto por las demás personas, por sus sueños, sus creencias, por sus diferencias y aceptar que son seres igual de valiosos y que buscan al igual que nosotros el mundo maravilloso que es, rodeado de amor, paz, justicia, éxitos, felicidad y equidad.
Así mismo las instituciones encargadas de guiar los destinos de la gente y también las empresas, que constituyen la base de la economía de estos países, deben estructurarse y brindar programas que respeten los derechos de las personas, no solamente en los papeles, sino en la realidad, acabando con la corrupción que es el principal cáncer de un país y de donde nacen muchos otros males; acabando con la explotación que se hace de la mano de obra más necesitada y que lleva a consolidar una economía, basada en la degradación de la calidad de vida de muchas personas.
Es fundamental luchar por el derecho a la vida, desarrollarse satisfactoriamente accediendo a todas las posibilidades de la vida y ante todo respetar la libertad, demostrándole a muchas personas y muchos países que ninguna institución tiene derecho a someter a la fuerza a todo un país en busca de un nuevo sistema político, el cual, por razones del poder y del dinero hace mucho tiempo se han perdido, quedando dicha filosofía solo como un medio para subyugar a toda una población que exige paz, y mientras unos las justifican, las personas del campo son víctimas de su atropello, obligándolas a ser sometidas o a retirarse de sus lugares de origen, decidiendo quien vive o quien muere y asesinando cada día los derechos fundamentales de todas las personas. La democracia se logra no con ningún tipo de violencia, sino con argumentos y permitiendo la libre expresión de todas las personas que lleven a encontrar una política de estado y una serie de programas que promuevan y cumplan los derechos que tenemos todos como seres humanos.