El título II de la constitución consagra los derechos fundamentales que se clasifican en derechos individuales, derechos sociales, económicos y culturales, y derechos colectivos del ambiente.
Los derechos individuales más importantes son: El derecho a la vida, a la libertad de conciencia, a la libertad de cultos, a la expresión y a la información, y a la intimidad.
Los derchos sociales, económicos y culturales: Entre estos cabe destacar los derechos que protegen a la familia, a las mujeres, a los niños, a los jóvenes, a las personas débiles física y síquicamente y a las personas de la tercera edad.
Los derechos colectivos y del ambiente: Entre estos podemos destacar el derecho a la buena calidad de los bienes y servicios, ofrecidos y prestados a la comunidad, el derecho a gozar de un ambiente sano y a usar y respetar del espacio público.
jueves, 1 de mayo de 2008
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